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Aprueban en Oaxaca la Ley Ingrid; cárcel para quien difunda contenido de víctimas de algún delito, Oaxaca

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La Diputación local aprobó reformar el Código Penal del Estado de Libre y Soberano de Oaxaca, a fin de establecer castigos al servidor o servidora pública que filtre y difunda imágenes explicitas de un crimen.
La modificación consiste en la adición de la Fracción VII al Artículo 207 de la legislación en mención, con la que se establecen de dos a siete años de prisión, y de treinta a cincuenta días de multa a la persona que cometa la falta señalada.
El nuevo texto precisa que, comete el delito de ejercicio ilícito de servicio público quién difunda, entregue, revele, publique, transmita, exponga, remita, distribuya, videograbe, audiograbe, fotografíe, filme, reproduzca, comercialice, oferte, intercambie o comparta, imágenes, documentos o audios o videos del lugar de los hechos del hallazgo, indicios, evidencias, objetos, de cadáveres o parte de ellos.
También, a quien difunda imágenes sobre las circunstancias de su muerte, de las lesiones o estado de salud de personas, mujeres, niñas, niños, adolescentes, integrantes de la comunidad LGBTTIQ,, o de instrumentos relacionados con un hecho que la ley señale como delito.
La iniciativa aprobada por el Poder Legislativo deriva del lamentable hecho, en el cual la ciudadana Ingrid Escamilla, fue víctima de feminicidio a manos de su pareja. Un día después, diversos medios de comunicación y usuarios de redes sociales difundieron imágenes explícitas del crimen, lo que infiere que agentes de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, habrían filtrado la información.
La reforma fue impulsada por las diputadas Magaly López Domínguez, Hilda Graciela Pérez Luis, Arcelia López Hernández, Laura Estrada Mauro y el congresista César Enrique Morales Niño, y aprobada por el Pleno Legislativo.
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