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Marco Antonio Baños Avendaño Opinión

“FEDERALISMO Y MUNICIPALISMO”

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LECCIONES CONSTITUCIONALES… MARCO ANTONIO BAÑOS AVENDAÑO

Saludo desde esta tribuna con afecto al Dr. Raúl Ävila Ortiz, que en la Casa de la Cultura Jurídica de Oaxaca celebró el Seminario Oaxaca 2017 en Derecho Constitucional, en Homenaje a las Constituciones Mexicana de 1917 y Oaxaqueña de 1922. Desde donde manifesté la siguiente ponencia: Válido es reconceptualizar a cada época el significado de Federalismo y Municipalismo, como dos conceptos que se correlacionan uno al otro, dos principios que se estructuran conforme a la forma que toma el Poder Político en México, la forma de estructurar el Estado, con sus estructuras o poderes y sus consecuentes municipales.

La organización política o administrativa unitaria no ha sido posible o en el mejor de los casos ha sido mal interpretada, ya que cada poder es diferente y funciona diferente respecto de otro, es decir, el Poder Ejecutivo se diferencia del Legislativo y Judicial. Sin embargo se debe acotar que los órdenes de gobierno en México, se subordinan unos a otros, lo que no sucede en otros países como Alemania o Suiza. Las relaciones o niveles de gobierno, carecen de independencia, su soberanía es o pertenece a una teoría unificada de quien detenta el poder.

Gobierno compartido, sociedad, administración, servidores públicos, son conceptos que innovan el discurso del federalismo, así como transparencia, empoderamiento femenino, servicios públicos de calidad, desarrollo urbano y sustentable, crear una verdadera “Alianza”, “Pacto Social”,“Unificación de estados o servicios”, sometidos a una figura superior, (es federalismo, del latín Foedus), así evoluciona el estado, con conceptos nuevos, unos reciclados, otros innovadores, pero todos tienden a la unidad nacional en el desarrollo de potencialidades administrativas, fiscales, hacendarias, educativas, etc.

El llamado “Estado de Derecho” concepto proveniente de la cultura jurídica alemana, no es aplicable, nuestro “modelo de gobierno” el Federalista, fue acuñado por Montesquieu en el “Espíritu de las Leyes”, acuñar con sana creatividad un nuevo concepto, implicaría rescatar los conceptos del derecho innovadoramente, señalar que el federalismo es una casa de cristales, con estructuras de poder fuertes, sostenida de personas capacitadas en los tres órdenes de poderes, siendo correlativa su responsabilidad, hacendaria, fiscal, de servicio público, de responsabilidad social, de compromiso ético y honesto para el servicio público. Nuestro país, siempre está generando ideas nuevas a su democracia y a su concepto de federalismo, nos sirven todas las coyunturas, políticas, sociales, culturales, democráticas, de grupos, de indígenas, etc.

El federalismo entraña poder político, el dominar a quien se sujeta o se somete a un poder, la tradicional división del poder tiene muchas ramificaciones o mejor aún, muchos epicentros de nuevos poderes, contando el comercio, la industria, la prensa, el dominio de la moneda. El discurso federalista debe ser de atención popular, de masas beneficiadas en su conjunto, evitando la desconfianza y la amenaza a las libertades de todos los ciudadanos.

La gobernabilidad y la no concentración de poder es factor de progreso de la doctrina del federalismo, las reformas constitucionales que deben ser aplicadas en los Estados de la República, no se aplican a cabalidad en el territorio nacional, por lo que la sola idea de un federalismo está a prueba. Por otra parte, las expresiones democráticas son limitadas, no existe en todos los estados de la República por ejemplo, las figuras jurídicas del Plebiscito, solamente en Chihuahua y Puebla, en Tlaxcala a nivel Municipal, en el país no hay conciencia de estas figuras que deben ser o estar federalizadas en la Constitución para su cumplimiento.

Así mismo, podemos citar que la soberanía que radica en el pueblo, no ha asumido todas sus formas constitucionales, se necesita pues, mejorar, robustecer el Estado Constitucional de Derecho o Estado democrático de Derecho en México. Es válido hacer una pregunta sustancial ¿Es verdaderamente soberano un Estado con graves problemas de corrupción, falta de legislación o normativa sobre su actuar público?. A esta interrogante, el federalismo debe responder con la idea de sus estructuras de transparencia y de fortaleza de información pública, de sanciones a quienes corrompen el Estado y sus estructuras, respondiendo a la voluntad popular.

El federalismo entraña territorialidad, dominio de lenguas diferentes que coexisten en una Nación, que tienen una sola Constitución y que se someten a un poder supremo nacional. Separar los conceptos de Federalismo y Municipalismo, en donde éste último denota competencias internas en donde los Regidores que tienen sus facultades limitadas al Bando de Policía y Gobierno, o bien los nuevos Consejos de Administración Municipal que sustituyen a los Administradores Municipales, que de ninguna manera pueden sustituir a un Municipio electo constitucionalmente por el pueblo.

El federalismo comparte con el municipalismo, los Principios de Autonomía; en ambos se dan cita todas las autoridades federadas para participar en decisiones federales, el mismo Municipio Libre comparte recursos federales, la constitución como norma fundante en los ámbitos de la administración municipal. No se le puede contravenir, ajustar o modificar sin un acto meramente soberano, legislativamente soberano. El principio de Participación, que en materia federal es el Bicameralismo federal, en el Municipal es la participación de Regidores al interior del Municipio Libre. Los conceptos que redefinen al Federalismo, han sido parte del pasado jurídico, Soberanía, democracia, estado, pluralidad y la igualdad, hoy, tolerancia, respeto, empoderamiento femenino, cuota de género, transparencia, combate a la corrupción, información, son conceptos que abrazan la nueva doctrina.

Las relaciones políticas de la Federación a los Estados y de estos a los Municipios, han sido sobre recursos públicos, formas de implementar reformas constitucionales y sociales, educativas, energéticas, por citar ejemplos aislados, esto, en la inteligencia de incluir conceptos que devienen de los Derechos Humanos. Federalismo, democracia y soberanía, son principios que nacieron unificados en México, articular los conceptos, es tarea de la teoría política contemporánea. Redefinir el concepto de Federalismo frente al Municipalismo sólo reviste aspectos competenciales más grandes, más integrales, que los Municipios Libres se unan a un pacto federal, que apliquen recursos de la federación a sus respectivos  territorios, la idea de separación de estas competencias, solamente aplica a impuestos, a la administración de recursos públicos, a temas de participación en programas sociales o de beneficencia que son mal utilizados, contra la pobreza, englobando a los Municipios en el sentido “federal” de la palabra.

Finalmente, practicar un Federalismo, es cumplir la norma, que aún imperfecta, tiene que perfeccionarse ampliándose en beneficio social, nuestra norma constitucional por ser de naturaleza política, con sus reformas, debe sin más pretextos, aplicarse, llegar a los órdenes de gobierno y en el municipalismo que se concibe como parte final y principal del federalismo, debe de aplicarse irremediablemente, aún a la fuerza, para el control total de una nación que debe evolucionar en sus conceptos jurídicos fundamentales, robusteciendo la idea de que la constitución es de primer orden en su cumplimiento.

Dotar de Vigencia y Eficacia a los Órganos del Estado, para que se obligue a la transparencia, información gubernamental, se sancione a quienes defrauden la hacienda pública, federal, estatal y municipal, estableciendo sanciones obligadas a quien incumpla o violente el Estado Constitucional de Derecho en México y de los Estados de la República es nuestro reto jurídico, político y social.

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