Redacción
La 64 Legislatura del Congreso del Estado, han aprobado que se castigue con hasta cuatro años de cárcel a quien acose sexualmente a una persona con silbidos, piropos y frotamientos.
Para quien lo haga el delito en el Código Penal Local puede ser de dos a cuatro años de cárcel, así como 100 o 200 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización. Pero aumentará cuando el acoso se cometa por dos o más personas y haya seguimiento y persecución.
También han establecido que si el acosador es servidor público, y se vale de medios o circunstancias que el encargo le proporcione para cometer el ataque, además de las penas previstas en el Código Penal Estatal, se le destituirá del cargo o empleo.
Mientras que si el acoso se comete contra una persona menor de 18 años o con alguna discapacidad, donde la víctima no pueda resistirse o defenderse, el delito se perseguirá de oficio.
Al corte del 31 de mayo de 2020, Oaxaca registra un total de 676 denuncias por delitos contra la libertad sexual, de los cuales 84 son por acoso y 24 por hostigamiento.
Según el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, el número de delitos sexuales se incrementó, en un doscientos por ciento, en los últimos tres años.