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Va Fiscalía por pena máxima contra el ex rector de la UABJO, Eduardo Martinez Helmes

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Álvaro Morales

El fiscal Anticorrupción de Oaxaca, Jorge Emilio Iruegas Álvarez, adelantó que solicitará la pena máxima de 13 años de cárcel en contra del ex rector de la Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca (UABJO), Eduardo Martínez Helmes, a quien la madrugada de este viernes siete de enero le fue decretado auto de vinculación a proceso y prisión preventiva justificada por el delito de defraudación fiscal equiparada por un monto de 56.1 millones de pesos.

Tras 15 horas de audiencia realizada de manera virtual, un Juez de Control de Valles Centrales concedió tres meses para el cierre de la investigación y emitir la sentencia respectiva –absolutoria o condenatoria–; sin embargo, durante ese tiempo, que podría prolongarse a seis meses si así lo solicita el Ministerio Público, el imputado deberá permanecer preso en el penal de San Francisco Tanivet, a donde fue trasladado durante la madrugada de hoy una vez concluida la diligencia.

El representante del Poder Judicial determinó mantener en prisión a Martínez Helmes al hacer válidos los alegatos de la Fiscalía Anticorrupción en torno a que el inculpado es un riesgo para la sociedad, además de considerar que podría obstaculizar las investigaciones en su contra y que incluso podría darse a la fuga en caso de que se le hubiera permitido seguir el proceso en libertad.

Iruegas Álvarez reiteró en entrevista que el ex rector de la UABJO es acusado de haber evadido al fisco estatal durante 2015 y dos bimestres de 2016, al incumplir con el pago del impuesto local por remuneraciones al trabajo por la nómina de la universidad de Oaxaca.

Ante ello, indicó que el organismo a su cargo cuenta con informes de la Secretaría de Finanzas estatal para demostrar que el ex servidor público incumplió con su obligación, pues aunque su defensa alega que él no era el directamente responsable del pago de impuestos, en su papel de Rector tenía la obligación de corroborar que la universidad cumpliera con sus compromisos tributarios con el Estado.

Iruegas reiteró que ante la naturaleza del caso, la Fiscalía Anticorrupción estaría en posibilidades de solicitar la pena máxima por el delito de defraudación fiscal, que es de siete años, y seis años más por la agravante de ser un delito cometido por un servidor público.

La audiencia comenzó a las 10 de la mañana del jueves seis de enero y concluyó a la una de la mañana del siete, tiempo en el que Martínez Helmes permaneció en el área de seguridad de la Fiscalía General de Oaxaca, en Ciudad Judicial.

Asimismo, el titular de la Fiscalía Anticorrupción rechazó que la acción emprendida contra Eduardo Martínez sea un medio de presión o una consigna del gobierno de Oaxaca, que encabeza Alejandro Murat Hinojosa, para amedrentar al grupo político al que pertenece el ex rector, identificado como la Familia Real, fundado por Abraham Martínez Alavés, también ex rector y padre de Martínez Helmes.

Una corriente de trabajadores, maestros y alumnos de la UABJO ha acusado desde el 31 de diciembre de 2021, fecha de la detención de Martínez Helmes, que el gobierno del estado busca utilizar a ex rector como moneda de cambio para que la Familia Real le permita a un personaje afín al equipo político del Gobernador llegar a Rectoría, durante las elecciones previstas para el próximo 13 de mayo.

Los seguidores de Martínez han llegado a considerarlo un preso político.

No obstante, el fiscal reiteró que el organismo que encabeza cuenta con elementos suficientes para imputar al ex servidor público y detalló que la investigación en su contra comenzó a realizarse entre finales de 2019 y principios de 2020, tres años después de que abandonó el cargo.

Con Martínez Helmes preso, el Sindicato Único de Maestros (SUMA) afrontará el proceso de renovación de Rectoría sin uno de sus dos principales operadores, quien incluso fue el que impulsó la llegada a Rectoría de Eduardo Bautista Martínez, quien actualmente permanece al frente de la Administración Central.

 

A continuación, la entrevista completa, efectuada la mañana de este siete de enero:

-¿Cuánto tiempo duró la diligencia, en dónde se llevó a cabo y cómo fue el desarrollo de ésta?

–La semana pasada se cumplimentó la orden de aprehensión contra el ex rector y el 31 de diciembre del año pasado se le formuló imputación; no obstante, al acogerse al plazo constitucional para definir su situación jurídica la audiencia se reanudó ayer (jueves).

 

(La audiencia) estaba fijada a las 9:30 de la mañana; no obstante, por problemas técnicos, la misma fue virtual, empezó a las 10 de la mañana y duró alrededor de 15 horas por el desahogo de la información relacionada con la vinculación a proceso, el debate y la resolución del juez para resolver la situación jurídica y, posteriormente, también, todo lo relativo con el debate de la medida cautelar impuesta de prisión preventiva.


>El imputado estuvo detenido en las instalaciones, en el área de seguridad, de la Fiscalía General, en Ciudad Judicial; ahí se proporcionó la cámara y los medios para conectarse y de esa forma es como se llevó a cabo la audiencia.

–¿Por qué se pidió la prisión preventiva oficiosa y qué significa esto?

–Puntualizo: No es prisión preventiva oficiosa en el sentido de que el delito de defraudación fiscal equiparada no es de los que se encuentren en el catálogo donde, en automático, al imputar a proceso, se tenga que imputar dicha medida (prisión preventiva oficiosa).

Tuvimos que argumentar diversos (puntos) como son los riesgos de sustracción, riesgo de obstaculización a la investigación y al proceso y riesgo a la sociedad, derivado de circunstancias particulares relacionadas con el infractor. Ninguna de las otra medidas cautelares pudo evitar esos riesgos y, por tanto, (optó por) imponerse la prisión preventiva.

–Entonces, ¿fue prisión preventiva por haber riesgo de fuga y porque el ex rector es un riesgo para la sociedad?

–Es correcto: prisión preventiva justificada.

–¿Cuánto tiempo dio el juez para terminar las investigaciones?

–Se fijó un plazo de tres meses, es el plazo legal que nos marca el Código Nacional de Procedimientos Penales, (aunque) puede ser de hasta seis meses, pero eso depende de los actos de investigación a realizar durante esta etapa de investigación; no obstante, si llegados los tres meses, a consideración de la Fiscalía, existe necesidad de llevar a cabo mayores actos de investigación para poder solidificar la investigación, podemos solicitar una prórroga hasta por tres meses más; es decir, en su conjunto, seis meses, pero, por ahora, son tres meses los que fijó el juez.

–¿Qué es lo que se argumenta, qué es lo que tiene la Fiscalía Anticorrupción para imputar al ex rector, Eduardo Martínez Helmes, y cuáles son las sanciones a las que podría hacerse acreedor?

–Es un delito que se contiene en el artículo 283 Fracción 6 del Código Fiscal del Estado (y) está relacionado con la omisión de presentar declaraciones y obviamente pagar las obligaciones estatales correspondientes, relacionadas, con el ejercicio fiscal 2015 y dos bimestres del ejercicio 2016.

Las obligaciones fiscales son las contenidas en el artículo 264 de la Ley de Hacienda, relacionadas con el impuesto local a la remuneración al trabajo y la pena que pudiera llegar a alcanzar, tomando en cuenta la agravante de ser servidor público, es una mínima de seis años y una máxima de 13 años (de prisión).

 

-¿Eduardo Martínez Helmes está siendo acusado de haber incumplido obligaciones fiscales; es decir, él como rector tuvo que haber declarado el impuesto sobre las remuneraciones a los empleados o cómo es el caso?

–Es correcto. Él, al ser la máxima autoridad de la universidad, estaba obligado a dar supervisión y seguimiento para el pago del mismo; obviamente, de la mano de quienes de manera directa están obligados a hacerlo. Hay un principio, que es la máxima diligencia y en torno a quienes ocupan puestos jerárquicos de alto nivel; es decir, titulares de las dependencias, organismos y demás y, obviamente, la responsabilidad le obliga a estar atento a esta situación.

–¿La Fiscalía Anticorrupción tiene elementos sólidos como para pensar que va a lograr una sentencia condenatoria en contra de Eduardo Martínez Helmes y en su defecto, qué sanción estaría pidiendo el organismo a su cargo?

–Ya un juez revisó, a la 1 de la mañana terminó la audiencia, y un juez ya determinó que hay elementos para poder determinar que hay un hecho que la ley establece como delito de defraudación fiscal y su probable participación.

En estos tres meses realizaremos la investigación y peritajes correspondientes y consideramos que, al ser elementos contundentes, que la información y dictamen que Finanzas ha proporcionado al respecto, se estaría corroborando, en su caso, de llegar a juicio, una sentencia condenatoria. Obviamente por las circunstancias particulares, muy probablemente estaríamos solicitando la pena máxima

–¿Serían 13 años de cárcel?

–Es correcto.

¿Cuánto tiempo lleva la investigación contra Martínez Helmes, cuándo comenzó?

–Finales de 2019, principios de 2020…

–¿Se llevaron dos años prácticamente?

–Más o menos

–¿Está el ex rector en San Francisco Tanivet?

Es correcto: fue trasladado el día de hoy por la madrugada a dicho penal.

-¿Está conforme la Fiscalía con al accionar del Poder Judicial?

–Nosotros siempre vamos a respetar las decisiones que sean a favor o en contra jurídicamente y en este caso en concreto, consideramos que la información se analizó de manera correcta y la conclusión fue justamente la vinculación a proceso y la medida cautelar.

–Los simpatizantes de Martínez Helmes acusan que la detención de su líder es una consigna política en su contra para arrebatarle el poder a la Familia Real; también dicen que darán a conocer la grabación de la audiencia efectuada hace unas horas para evidenciar presuntas irregularidades ¿qué opina de ello?

–De ninguna manera: la Fiscalía actúa de manera objetiva e imparcial. Las cuestiones políticas están alejadas del actuar de esta Fiscalía Especializada y justamente, qué bueno que al día de hoy se tiene vigente un sistema acusatorio con el principio de publicidad, justamente, eso permite que la sociedad, que cualquier persona, pueda analizar lo sucedido en la audiencia y de esta manera hacer su opinión: verificar, cuestionar o exigir el actuar de quienes son parte del proceso y del propio órgano jurisdiccional.

>En ese sentido, la audiencia es pública y qué bueno que se da de esa manera para que cada quien genere sus propios conclusiones… sí es importante recordar que esta Fiscalía, en su mayoría, quienes resultan ser imputados son servidores públicos y en ese sentido, eso tal vez cobra mayor relevancia a nivel mediático.

–¿No saldrá libre Martínez Helmes después de una negociación entre las cúpulas políticas del estado?

–No de ninguna manera. Nosotros actuaremos en el marco que nos establece nuestro Código Nacional de Procedimientos Penales y obviamente una de las funciones y principios de la Fiscalía es que no sólo él, sino cualquier imputado ejerza a cabalidad sus derechos y en ese sentido, ellos podrán ejercer los medios de impugnación o revisiones correspondientes conforme lo consideren pertinente.

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