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Corte Suprema anula derecho al aborto en EEUU; Biden manifiesta oposición

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El País

 

El derecho constitucional al aborto es historia en Estados Unidos. El Tribunal Supremo ha tumbado este viernes medio siglo de un precedente sentado por la sentencia del caso Roe contra Wade, que dio en 1973 rango federal a la libertad de las mujeres de interrumpir el embarazo.

El presidente, el demócrata Joe Biden, ha señalado que es un “día triste para el tribunal y para el país”. Biden ha pedido al Congreso recuperar el derecho a la interrupción voluntaria del embarazo como ley federal en el Congreso. “Esto no se ha acabado”, ha dicho. No le será fácil lograrlo. Los republicanos han aplaudido la sentencia, y prometen aprobar leyes contra el aborto en los Estados que controlan.

La decisión, que amenaza con cambiar el país de una manera aún difícil de predecir, devuelve a los 50 Estados la potestad de legislar sobre el tema. Se calcula que 26 están dispuestos a derogarlo.

En un día histórico, el alto tribunal ha emitido el fallo correspondiente al caso Dobbs contra Jackson Women’s Health Organization, una clínica de salud reproductiva de la capital de Misisipi. Se dirimía la constitucionalidad de una ley de ese Estado de 2018, que prohíbe la mayoría de las intervenciones después de las primeras 15 semanas de embarazo. De fondo, se discutía la continuidad del precedente de Roe contra Wade. Por seis votos a favor y tres en contra, el Supremo más conservador en 80 años ha cumplido con el sueño de las organizaciones antiabortistas del país, que llevan décadas esperando y presionando para que llegue este momento.

No se puede decir que haya sido una sorpresa. La filtración sin precedentes, a principios de mayo, de un borrador de 98 páginas de la opinión mayoritaria de los jueces sobre el tema, redactado en un tono de gran dureza por Samuel Alito, miembro del ala más conservadora, contaba entonces (se calcula que fue escrito en febrero) con el apoyo de Amy Coney Barrett, Brett Kavanaugh, Clarence Thomas y Neil Gorsuch. También se ha sumado en este tiempo el presidente del Supremo, el juez John Roberts, que escribe que está de acuerdo con el fondo, pero que habría tomado “una opción más mesurada”, que no implicara necesariamente tumbar el precedente de 1973 (y otro, de 1992, Planned Parenthood contra Casey).

En la sentencia, de 213 páginas, que mantiene la polémica frase de que la argumentación de Roe contra Wade estaba “eminentemente equivocada, y en franca colisión con la Constitución desde el momento en que fue publicada”, Thomas pide, en un voto particular concurrente, que el Supremo reconsidere otros precedentes, como el derecho a la contracepción, el que protege las relaciones entre personas del mismo sexo y el matrimonio homosexual. Las sentencias que dieron carta de naturaleza a todos esos derechos civiles (Griswold, Lawrence y Obergefell) están, como en el caso del aborto, sostenidas en la decimocuarta enmienda, la que garantiza la intimidad.

En contra de una decisión que afecta a la vida de unos 36 millones de mujeres en edad reproductiva han votado los magistrados liberales Elena Kagan, Sonia Sotomayor y Stephen Breyer, que anunció en enero su retirada y ya tiene reemplazo, la también liberal Ketanji Brown Jackson. Los tres firman un voto particular oponiéndose al texto en el que dicen: “La ley de Misisipi prohíbe los abortos tras la decimoquinta semana, pero otros Estados podrían hacerlo después de 10 semanas, o de 5, o de 3, o de 1, o, de nuevo, desde el momento de la fecundación. (…) Algunos han promulgado leyes que se extienden a cualquier forma de aborto, incluida la toma de medicamentos en casa. Han aprobado normas sin ninguna excepción para cuando la mujer es víctima de una violación o de incesto. En virtud de esas leyes, una mujer tendrá que dar a luz al hijo de su violador o una niña al de su padre, sin importar que hacerlo destruya su vida. Tras la sentencia de hoy, algunos Estados pueden obligar a las mujeres a llevar a término un feto con graves anomalías físicas. Pueden incluso argumentar que una prohibición del aborto no tiene por qué proteger a la mujer del riesgo de muerte o daño físico. En una amplia gama de circunstancias, un Estado podrá imponer su elección moral a una mujer y obligarla a dar a luz a un niño ”.

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