Obligan a nosocomios y centros de salud públicos a realizar abortos en Oaxaca
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El Congreso de Oaxaca reformó la Ley Estatal de Salud para obligar a las instituciones publicas del estado a garantizar a las mujeres la atención médica gratuita para la interrupción del embarazo de forma segura y libre de discriminación, antes de las 12 semanas de gestación.
Esta iniciativa reformó los artículos:29, 59, 62, 65 Bis, 65 Ter, 65 Quáter y 65 Quinquies, 65 Bis, 65 Ter, 65 Quáter y 65 Quinquies y la adición de la fracción XII al artículo 63, en la que se instituye que las instituciones públicas que integran el Sistema Estatal de Salud deberán garantizar el derecho de todas las mujeres a la interrupción del embarazo.
El argumento de la iniciativa señala que no proveer el servicio de interrupción del embarazo por parte de las instituciones públicas de Salud condena a las mujeres a abortar en condiciones de inseguridad y de insalubridad, especialmente a aquellas que se encuentran en estado de marginalidad y no pueden acceder a servicios privados de asistencia médica.
Esta reforma significa una obligación de las instituciones de Salud pública en Oaxaca para que proporcionen un procedimiento médico a través del cual se realiza la interrupción del embarazo sin sesgos ideológicos o religiosos.