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Emiten convocatoria para candidaturas independientes de comunidades indígenas y afromexicanas

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El Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) emitió la convocatoria para que la ciudadanía con interés en postularse mediante candidaturas indígenas o afromexicanas en el Proceso Electoral Ordinario (PEO) 2020-2021, cumpla con los requisitos para ser tomada en cuenta.

El documento fue emitido una vez que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmara los lineamientos definidos en noviembre del año pasado al resolver la sentencia SUP-REC-53/2021 y acumulados.

Las candidaturas independientes indígenas y afromexicanas son aquellas en donde la o el aspirante es postulado mediante Asamblea General comunitaria a un cargo de elección popular.

Mediante acuerdo IEEPCO-CG-29/2021, el IEEPO ajustó la convocatoria para alcanzar el desarrollo de los siguientes plazos; realización de las Asambleas Generales Comunitarias, emisión de la documentación que ampara la postulación de la candidatura independiente de que se trate, verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos en los lineamientos y el plazo para la presentación de la solicitud de registro.

Las Asambleas Generales comunitarias para la postulación de candidaturas independientes indígenas y afromexicanas, para Diputaciones al Congreso del Estado y/o Concejalías al Ayuntamiento, se realizarán del 14 de marzo al 02 de abril de 2021, considerando las medidas sanitarias necesarias, como el uso de cubrebocas y la sana distancia, a fin de prevenir la propagación del Covid 19.

Por otro lado, las consejeras y consejeros electorales aprobaron la integración de cinco Consejos Municipales Electorales más, que fungirán en el PEO 2020-2021; se trata de los municipios de Asunción Cuyotepeji, Chalcatongo de Hidalgo, Heroica Villa de Tezoatlán de Segura y Luna, santa María Xadani y San Agustín Amatengo.

Finalmente, el IEEPCO aprobó el acuerdo IEEPCO-CG-28/2021 por el que se ejerce su facultad de atracción de atribuciones y funciones de los 30 Consejos Municipales que no se alcanzaron a integrar, así como la delegación de las mismas en los respectivos Consejos Distritales Electorales.

 

 

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